Visado Nómada Digital vs Visado No Lucrativo
Son las dos vías más habituales para residir en España sin oferta de trabajo local. Se parecen pero tienen una diferencia crítica: el No Lucrativo no permite trabajar, ni siquiera en remoto. Aquí las comparamos punto por punto.
| Criterio | Nómada Digital | No Lucrativo |
|---|---|---|
| Trabajar en remoto | Sí, es su finalidad | No permitido |
| Ingresos exigidos | ≈ 200% SMI (~2.762 €/mes) | ≈ 400% IPREM (~2.400 €/mes) de rentas pasivas |
| Origen de los ingresos | Trabajo activo internacional | Rentas pasivas: ahorros, alquileres, dividendos |
| Vigencia inicial | 3 años | 1 año |
| Renovación | +2 años | +2 + 2 años |
| Régimen Beckham | Compatible | No compatible (no hay trabajo) |
| Familia | Sí, misma vigencia | Sí |
| Plazo de resolución | 20 días hábiles (UGE) | 1–3 meses (consulado) |
| Dónde se pide | España o consulado | Consulado del país de origen |
¿Cuál elegir?
Nómada Digital si trabajas en remoto para empresas o clientes fuera de España y quieres seguir facturando o cobrando nómina mientras vives aquí. Es la única vía que permite seguir generando rentas del trabajo desde territorio español legalmente.
No Lucrativo si vives de rentas pasivas (jubilación, inversiones, alquileres) y no vas a trabajar. Es más lento pero encaja perfectamente para personas jubiladas o con patrimonio suficiente.
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