Servicio estrella
El visado y la autorización de residencia para teletrabajadores y profesionales internacionales que viven en España trabajando para empresas o clientes fuera del país.
- Revisión y preparación de toda la documentación.
- Presentación telemática ante la UGE.
- Seguimiento del expediente hasta la resolución.
- Coordinación de la cita para huellas (TIE).
¿Quién puede solicitarlo?
- Empleados con contrato laboral con una empresa fuera de España.
- Profesionales por cuenta propia con varios clientes internacionales (hasta el 20% pueden ser españoles).
- Personas con experiencia o titulación demostrable en el área profesional.
Documentación principal
- Contrato o relación profesional con antigüedad mínima de 3 meses.
- Certificado de la empresa autorizando el teletrabajo desde España.
- Antecedentes penales apostillados de los últimos 5 años.
- Seguro médico privado de cobertura completa en España.
- Acreditación de medios económicos (~200% SMI/mes).
Plazos
Una vez completo el expediente, la UGE resuelve en aproximadamente 20 días hábiles. La autorización inicial dura 3 años, renovable por 2 años adicionales.
¿Desde España o desde el consulado?
Ambas opciones son válidas. Si ya estás en España como turista (primeros 90 días), podemos presentar la autorización de residencia directamente ante la UGE. Si aún estás en tu país, gestionamos el visado consular y a tu llegada la TIE.
¿Dudas antes de contratar?
Reserva una sesión 1:1 de 50 €. Si después contratas el visado, te la descontamos del precio total.
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